Ley General de Educación Carlos Salinas de Gortari municipios
concurrencia
soberanía
integridad
efectos Autoridad educativa municipal
programación
ciclo letivo
A la dirección administrativa prestaciones
mediante la asignación de elementos de mejor calidad para enfrentar los problemas educativos de dichas localidades albergues escolares e infantiles aprovechamiento
programas de alfabetización y de educación comunitaria otorgarán estímulos concederán reconocimiento y distinciones
las autoridades educativas locales el tipo medio-escolarbachillerato
entidades la formación para el trabajo calificados habilidadesdestreza
constancias organizaciones sindicales A sección
la formación general deba acreditar el Consejo Nacional de Participación Social en la Educación la entidad
por caso extraordinario o fuerza mayor cada ciclo lectivo el Estado
relación calidad de incorporados
facilitar particulares publicidad
certificados constancias diplomastítulos grados académicos revalidación
normas y criterios generales por acuerdo de su titular grado escolar el acuerdo secretarial respectivo patria potestadla tutela
las autoridades escolares se aboquen asosiaciones de los consejeros de participación social contraprestaciones patria potestadla tutela la comunidad escolar
la autoridad educative federal la autoridad escolar protección civil
emergencia escolar llevará a cabo labores de seguimiento aportaciones
autorización I En los supuestos previstos en este artículo reconocimiento autorizaciónrevocación
interponerse recurso de revisión promovente
desahogo los elementos de convicción adicionales desahogo
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